La Directiva UE sobre información no financiera impulsará la puesta en práctica de políticas de responsabilidad social empresarial (RSE) por parte de las empresas
La Directiva UE de información no financiera 2014/95/EU comenzará a aplicarse el próximo 1 de enero de 2017, y exigirá la obligatoriedad de comunicar información no financiera.
Sin duda, se trata de un paso importante para la transparencia de la gestión empresarial, pues impulsará la puesta en práctica de políticas de responsabilidad social empresarial (RSE) o responsabilidad social corporativa (RSC) por parte de las compañías, algo cada vez más valorado por los inversores, quienes cada vez prestan mayor atención a los impactos de las actividades en la sociedad antes de asignar capital a una empresa.
Se trata de un enfoque económica y culturalmente revolucionario, que reconoce como impulsores del negocio aspectos tales como: información transparente, identificación de riesgos, políticas de inclusión, aspectos sociales, medioambientales, éticos, de calidad y bienestar en el trabajo… y que ahora, tras la publicación de la Directiva de la UE sobre la obligatoriedad de divulgación de información no financiera, se va a convertir en habitual para muchas empresas.
La Directiva UE sobre divulgación de información no financiera entró en vigor el 6 de diciembre de 2014, con un período de dos años para que los estados miembros de toda la UE la incorporen a su legislación nacional.
Las de interés púbico (EPI) con más de 500 empleados se ven afectadas por los nuevos requerimientos de información de la UE. La definición de EPI es la misma que la que ya se utilizó en la reforma de la auditoría en la UE: sociedades cotizadas; aseguradoras y entidades de crédito (cotizadas o no); y otras empresas designadas por cada uno de los estados miembros.
La Directiva establece que la información no financiera debería incluirse en los informes de gestión y deben comunicar información acerca cuatro temas: aspectos ambientales; aspectos sociales y de los empleados; derechos humanos; y cuestiones de soborno y anti-corrupción.
Además, el informe no financiero debe describir el modelo de negocio; las políticas sobre los cuatro temas anteriores y sus resultados; riesgos; y los indicadores clave de desempeño relevantes.
La Directiva, sin embargo, permite a las empresas que puedan elegir la forma en que van a comunicar esta información. Además de los marcos nacionales de reporting, otras opciones son el Global Compact de la ONU o el Global Reporting Initiative.
Fuente: LEGISLACIÓN